1. Condiciones indispensables:
- Que no hayan transcurrido 6 años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda. (A partir de mayo de este mismo año el plazo se reduce a 5 años).
- Existencia de un deuda cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada y respecto de la cual no se haya entablado reclamación judicial, arbitral o administrativa (por ejemplo, un monitorio).
2. Formulario “Solicitud de Mediación en Impagos”
La clínica solicita el servicio de mediación a AEVECS a través del formulario “Solicitud de Mediación en Impagos” creado para tal fin. En él debe incluir copias de los siguientes documentos:
- Autorización de LOPD firmada por el cliente.
- Factura pendiente de pago.
- Cualquier otro documento que sirva de soporte para poder demandar el impago.
3. Contactamos contigo.
Nosotros nos pondremos en contacto contigo en la mayor brevedad posible. Concretaremos una fecha y hora para entrevistarte telefónicamente.
4. Contactamos con el deudor.
AEVECS contacta con el deudor telefónicamente:
- Pone en su conocimiento los hechos.
- Pide una explicación.
- Intenta llegar a un acuerdo, forma de pago, conciliación.
5. La Base de Datos de clientes de Riesgo.
En caso de no aceptación de deuda, o no llegar a acuerdo, AEVECS intentará hasta en 3 ocasiones, en un intervalo de 30 días el cobro de la deuda. En caso contrario AEVECS incluirá al cliente en su Base de Datos de Clientes de Riesgo y estudiará las posibles medidas legales que pueda aconsejar a su asociado.